martes, 22 de junio de 2010

DE INTERES PARA EL PERSONAL DE EMPRESAS PÚBLICAS QUE FUE EXCLUIDO DEL PPP

Esta semana nos enteramos que la diputada nacional Elisa Carca, de la Coalición Cívica, presentó un proyecto de ley para que el Estado le reconozca a los ex trabajadores de empresas estatales privatizadas la indemnización que les corresponde. Lo hace en el marco de la ley 23.696, y en especial para los que no fueron incluidos en los Programas de Propiedad Participada.
Como sabemos, la implementación de esos Programas estaba destinada a todos los empleados de los entes estatales sujetos a privatización. Pero -como lo explica Carca en su proyecto - esa norma jamás se implementó; en cambio las empresas del Estado forzaron a los trabajadores a retirarse con los llamados "retiros voluntarios". Y dejaron a miles de personas sin el derecho que la ley les había dado.
Como prueba de estas injusticias, Elisa Carca menciona las acciones legales iniciadas por los trabajadores, y los proyectos de ley que desde hace dos décadas presentaron legisladores de todo el espectro político. De hecho, a nivel judicial, en el 2001 la Corte Suprema le reconoció el derecho a un ex agente de YPF a percibir una indemnización por haber sido injustamente excluido del Programa por el “retiro voluntario" obligatorio.
Por eso el proyecto propone devolver el derecho a todos y cada uno de los trabajadores que estaban en actividad cuando se ordenó privatizar las empresas.
En su escrito la legisladora dice que es imperioso dar una solución equitativa. "Y terminar con esta deuda de la democracia para con los ex trabajadores estatales. No es posible seguir esperando ni seguir tratando el tema por cada empresa en forma puntual y diferenciada".
En nuestro estudio, representamos a más de 200 trabajadores que fueron excluídos del padrón de accionistas de los PPP telefónicos y otros tantos más de los ferroviarios.
En el primer caso, tenemos sentencias favorables de 2 de las 3 Salas del Fuero Civil y Comercial Federal, y estamos esperando decisión de la Corte Suprema en torno al tema.
El primer padrón de accionistas de los PPP telefónicos, los confeccionó Wenceslao Bunge (quien fuera vocero de Alfredo Yabrán). Lo hizo mal, lo cobró y lo pagaron todos los empleados telefónicos del Programa (a pesar de que era el Ministerio de Trabajo quien debía hacerlo). Como este padrón estuvo mal hecho, hubo que hacerlo otra vez. Con todo esto, quedaron aproximadamente 3.000 personas fuera del padrón.
Tampoco las empresas fueran inocentes en este tema.
En definitiva, todo poco a poco está saliendo a la luz y se va aclarando o se encuentra en vías de solución. Tal como lo venimos planteando desde hace años, con la misma esperanza de siempre.
Saludos cordiales. Liliana Zabala.

lunes, 7 de junio de 2010

Ayudamos a instalar el tema en la agenda pública. Recordatorio de reunión día 9 de junio 14 hs.

1.- Quiero expresarles nuestra enorme felicidad porque los principales medios de la Argentina hayan incluido en su agenda la participación de los empleados en las ganancias de las empresas. Este fin de semana Clarín, La Nación, Perfil y Ambito Financiero entre otros, dedicaron amplios artículos a la temática.
En el caso de La Nación, incluso destacan que este mecanismo ya es un hecho real en la Argentina. Y cuentan el caso del fabricante de neumáticos Bridgestone.
En su planta de la localidad bonaerense de Llavallol, Bridgestone Firestone de Argentina S.A emplea a 1300 personas, que cada año tienen derecho a un ingreso adicional, ligado a la rentabilidad de la compañía. Daniel Benvenuti, presidente de Bridgestone Argentina, cuenta que el mecanismo de participación en las ganancias surgió como una forma de resolver algunos problemas en 2001, cuando había una situación de crisis importante. La empresa dispuso medidas de reducción de costos, y en una negociación se estableció que si todo eso daba resultado, una vez que volviera a haber ganancias se participaría a los trabajadores.
Por las condiciones que se establecieron y los resultados obtenidos por la firma, la cláusula de participación se aplicó en la práctica en tres años: 2003, 2004 y 2005. Según recordó Pedro Wasiejko, secretario general del Sindicato Unico de Trabajadores del Neumático Argentino, el mejor año fue 2003, cuando cada empleado recibió una suma significativa en aquella época.
La empresa y el sindicato explicaron que para que exista una distribución de recursos, la utilidad neta de la compañía (después del pago de impuestos) debe ser superior al 6%. Del excedente de esa ganancia, se distribuye el 33%. La cifra es igual para todos, sin establecer diferenciaciones por categorías.
Sin dudas, poner el tema en la agenda pública es el primer paso para hacer realidad el derecho contemplado en el 14 bis de nuestra Constitución Nacional.
El tema en los diarios:
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp/nota_id=1271626
http://www.perfil.com/contenidos/2010/06/01/noticia_0017.html
http://www.clarin.com/politica/UIA-abogado-Moyano-deberia-Cuba_0_272372949.html
Lo de Bridgestone
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp/nota_id=1272512

2. Quiero recordarles que los invito a la reunión del día 9 de junio a las 14 hs. en la Avda. Independencia 766 de Cap.Fed.
Quedan invitados mis clientes, los empleados telefónicos y todo aquel que desee invertir su dinero.
Nuestra propuesta es llevar ideas para destrabar los juicios y sus embargos a través de distintos proyectos de inversión, con la idea de que: los beneficiarios sean los trabajadores y ex- trabajadores, que el dinero se vuelque a la producción, que esto permita que se multiplique y así lograr que el capital que hoy es una sábana corta pueda alcanzar para todos.
Saludos cordiales, Liliana Zabala.

miércoles, 2 de junio de 2010

DOS PROYECTOS PARA LA PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS EN LA ARGENTINA

Son varios los legisladores que buscan impulsar la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas. Y como venimos insistiendo desde este lugar, eso implica reglamentar lo que propone el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional desde 1957.
Entre las iniciativas más recientes están las de los diputados Héctor Recalde, por un lado, y la del mendocino Dante González, por otro. Ambos de Frente Para la Victoria. En el caso del primero, desde nuestro estudio nos pusimos en contacto con su jefe del área de Prensa, el señor Fabián Virtuani, quien nos comentó que están ultimando detalles, y que cuando el texto tome su forma definitiva con gusto lo compartirán con nosotros.
En cuanto al proyecto de Dante González, sabemos bastante más. En principio, el texto ya está en manos de las comisiones de Legislación del Trabajo y Peticiones, Poderes y Reglamento del Congreso Nacional. Entre sus propuestas destacadas está el hecho de que las empresas distribuyan entre sus trabajadores un 10 % de las utilidades netas obtenidas al final de cada ejercicio anual (se considera utilidad a la renta gravable de conformidad con las normas que rigen el Impuesto a las Ganancias).
Además, los empleados eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades cuando hayan desempeñado sus tareas por un mínimo de seis meses efectivos de trabajo durante el año, en la parte proporcional. Y la utilidad a distribuir se dividirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año (sin tener en cuenta el monto de los salarios).
Otro punto importante es que para determinar las utilidades a repartir, la empresa no podrá imputar a un ejercicio anual las pérdidas anteriores. La participación en las ganancias no se computará como parte del salario a los efectos indemnizatorios y pago de aportes jubilatorios, obra social y cuota sindical. También quedará exenta del pago de cualquier tipo de tributo. Si la persona no trabajó todo el año, el beneficio se reducirá a la parte proporcional correspondiente a los meses completos de servicios prestados. Y en caso de que el fin de la relación se dé antes del cierre del ejercicio, la liquidación de la parte correspondiente a los meses trabajados se hará al vencimiento de aquél.
En cuanto a su implementación, el proyecto establece que la empresa deberá entregar a los trabajadores una copia de su declaración anual de impuestos a las Ganancias. Y dentro de unos 20 días el sindicato de la actividad principal y/o la mayoría simple de los trabajadores de la empresa, podrán formular ante el Ministerio de Trabajo las observaciones pertinentes. Luego, el Ministerio tendrá 30 días corridos para resolver esos planteos.
El proyecto establece que algunas empresas quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades, por ejemplo, las que se encuentren dentro de los dos primeros años de funcionamiento, las instituciones sin fines de lucro, las organizaciones gremiales, las cooperativas y los organismos públicos.
Por último, el proyecto propone crear una comisión para determinar qué empresas quedarán alcanzadas. Dicha comisión estará conformada por un representante del Ministerio de Economía, otro del de Producción de la Nación, otro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, los presidentes de las Comisiones de Legislación del Trabajo de Diputados y Senadores, y con un representante de la Confederación General del Trabajo (CGT). Estará presidida de manera conjunta por los titulares de las comisiones de Legislación del Trabajo de ambas cámaras.
Hasta aquí, a grandes rasgos, el proyecto presentado por el diputado Dante González. En cuanto tengamos novedades sobre la propuesta de Héctor Reclade se las haremos saber.
Saludos a todos. Liliana Zabala.